Fecha de Publicación: 14/12/1960
Página: 529-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 74

   Los cargos docentes, contenidos en las planillas del Presupuesto 
General de Sueldos y Gastos, en ítem que no correspondan a los incisos
15, 16 y 17 (Institutos Docentes), tendrán las mismas asignaciones 
mensuales y dotaciones complementarias que se establezcan para los 
funcionarios docentes, que ocupen cargos similares en los referidos 
incisos.
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