Modifícase la composición del Directorio del Frigorífico Nacional
hasta la terminación del mandato del actual, el que se integrará de la
siguiente forma:
Los actuales representantes de los productores remitentes y
accionistas, uno de los cuales ejercerá la Presidencia, cometiéndose la
designación al Poder Ejecutivo;
Los actuales representantes del Gobierno Departamental de Montevideo
y de los Gobiernos Departamentales, del Interior. El representante de
los obreros y empleados a que se refiere el artículo anterior, debiendo
convocarse a elecciones por la Corte Electoral para la provisión de
dicho cargo en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días.