Fecha de Publicación: 21/10/1957
Página: 121-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Ley 12.415

Se prorroga los plazos establecidos para la renovación de las fotografías
en las credenciales cívicas.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN:

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 15 de mayo de 1959, los plazos establecidos en los
artículos 7° y 8° de la ley Nº 11.727, de 31 de octubre de 1951.

Por el Consejo: ARTURO LEZAMA. - HECTOR A. GRAUERT. - CLEMENTE RUGGIA. -
Justo José Orozco, Secretario.
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