Fecha de Publicación: 10/06/1957
Página: 549-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 8

   El plazo para el vencimiento de estas obligaciones, lo fijará el Poder 
Ejecutivo al reglamentar esta ley. También fijará anualmente el precio de 
las semillas que se entreguen en cumplimiento de la ley.


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