MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 11/03/1959.
Fíjase en la cantidad de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) el límite máximo de las multas previstas en el parágrafo 4.o del artículo 19 de la ley N.o 10.000, de 10 de enero de 1941. La fijación del monto de la multa en cada caso deberá hacerse de manera fundada.Ayuda