MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Artículo 5
No están comprendidos en las disposiciones de esta ley:
A) Las personas amparadas en la ley N° 10.062, de fecha 15 de octubre de
1941, que creó la Caja Notarial de Jubilaciones, y
B) Los Profesionales que por desempeño de actividades públicas o privadas
se encuentren constitucional o legalmente imposibilitadas para el
ejercicio libre de la profesión.