MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
El Poder Ejecutivo efectuará, dentro de los 120 días de promulgada esta ley, una valuación de las erogaciones que causaren a las Cajas de Jubilaciones y a Rentas Generales, los aumentos de pasividades que se establecen por la presente ley y la hará conocer a la Asamblea General.Ayuda