Fecha de Publicación: 06/06/1951
Página: 301-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

   Para cubrir las erogaciones previstas en los artículos 1º y 2º de la presente ley, amplíase la deuda "Bonos de Defensa Nacional" hasta la 
cantidad de pesos 3:300.000.00 valor nominal, que se emitirá en las 
condiciones establecidas por el artículo 13 de la ley número 10.895, de 14 de febrero de 1947.
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