MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Para cubrir las erogaciones previstas en los artículos 1º y 2º de la presente ley, amplíase la deuda "Bonos de Defensa Nacional" hasta la cantidad de pesos 3:300.000.00 valor nominal, que se emitirá en las condiciones establecidas por el artículo 13 de la ley número 10.895, de 14 de febrero de 1947.Ayuda