Fecha de Publicación: 27/10/1950
Página: 117-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 8

   El SODRE podrá disponer de sus proventos, debiendo rendir cuenta
documentada de la inversión de los mismos, mensualmente, a la Contaduría 
General de la Nación y no podrá disponer de esos recursos para designar personal.
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