Fecha de Publicación: 27/10/1950
Página: 117-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 4

   Todos los integrantes de la Orquesta Sinfónica y el Conjunto de Música de Cámara afectados a los subrubros 1) y 4) del rubro 1.02, prestarán sus 
servicios al SODRE dentro del régimen de "dedicación total".
   Los integrantes de la Orquesta Sinfónica que ocupan cargos en la Banda 
Municipal de Montevideo, tendrán un plazo que determinará la Comisión Directiva del SODRE, para optar por uno u otro cargo, y los que ocupan cargos docentes en la Escuela Municipal de Música estarán exceptuados de la exigencia prevista en el apartado primero de este artículo. En los casos a que se refieren estas dos excepciones, la actuación de los músicos para el SODRE, tendrá siempre preferencia absoluta.
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