Fecha de Publicación: 27/10/1950
Página: 117-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 10

   Exceptúase al SODRE del pago de impuestos, derechos y gravámenes de toda clase, por la utilización de obras del Dominio Público o de propiedad 
del Estado.
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