Fecha de Publicación: 03/10/1950
Página: 5-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 5

   Los Sargentos y Suboficiales de 2.a de los Items 3.16 y 3.17, tendrán un aumento en sus asignaciones de $ 35.00 mensuales: para los Cabos y Cabos de 1.a y 2.a de mar el aumento será de $ 25.00 mensuales; para los apuntadores, soldados distinguidos, cornetas, tambores, trompas, 
soldados, aprendices, marineros de 1.a y de 2.a, aprendices de la Escuela de Marineros y de la Escuela de Mecánicos el aumento será de $ 20.00 mensuales.
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