Fecha de Publicación: 19/01/1949
Página: 107-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE HACIENDA

Ley 

Se conceden recursos para los estudios técnicos del Salto Grande

Poder Legislativo.

  El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                              DECRETAN:

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en la suma de un millón
cien mil pesos ($ 1:100.000.00) la Deuda "Obras Públicas 1942", con 
destino al pago de estudios para el aprovechamiento del río Uruguay en la zona del Salto Grande.

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo podrá fijar por decreto fundado, cuando estime
conveniente, compensaciones que no podrán exceder de $ 200.00 mensuales 
al personal afectado directamente a los estudios a que se refiere el 
artículo primero, dando cuenta al Parlamento.

Artículo 3

   El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.
  
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 28 de 
diciembre de 1948.

                             CESAR MAYO GUTIERREZ, Presidente.- José   
                               Pastor Salvañach, Secretario.

Ministerio de Hacienda.

 Ministerio de Obras Públicas.

  Ministerio de Relaciones Exteriores.

                      Montevideo, 4 de enero de 1949.- Número 798/942.

   Cúmplase, acúsese recibo, publíquese, comuníquese a quienes corresponda e insértese en el R. N.


BATLLE BERRES.- LEDO ARROYO TORRES.- MANUEL RODRIGUEZ CORREA.- DANIEL CASTELLANOS.
       
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