Ley
Se modifican y amplían disposiciones de la ley 10.667, sobre trabajo en panaderías y confiterías.
Poder Legislativo.
El Senado y la Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1948, la vigencia de la ley
Nº 10.667 de 9 de Noviembre de 1945.
BATLLE BERRES.- FERNANDO FARIÑA.- LEDO ARROYO TORRES.- ENRIQUE M.
CLAVEAUX.- OSCAR SECCO ELLAURI.