MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Instrucción Pública, suministrará a la Asamblea General, antes del 31 de mayo de 1949, una información estadística sobre la aplicación de los preceptos de esta ley. También adoptará medidas conducentes a la mayor y más rápida difusión de la ley y de sus antecedentes.Ayuda