MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Para la imposición y percepción de las multas establecidas en el artículo anterior, por violación a lo dispuesto en el mismo, se aplicarán las normas y procedimientos establecidos en el artículo 32 del decreto-ley número 10.316 de 19 de enero de 1943, y por la resolución de 28 de enero de 1944, así como las disposiciones reglamentarias pertinentes.Ayuda