Quedan rebajados en un 50 % los impuestos internos que actualmente gravan al alcohol potable, que es utilizado en los laboratorios para la
elaboración de productos galénicos, químicos y opoterápicos.
La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, recibirá asimismo para su recuperación, el alcohol apto a ese efecto que hubiera sido empleado como simple extractor y/o cristalizador, etc., devolviendo luego a los remitentes, el setenta y cinco por ciento (75 %) del alcohol potable, que corresponde al valor alcoholígeno contenido en
el producto impuro, residuo de la elaboración.