Fecha de Publicación: 18/12/1947
Página: 424-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 9

   Salvo en los casos de llamado a concurso de oposición y de promoción de Ayudantes, el Consejo exigirá para el ingreso al profesorado la condición de Aspirante a Profesor.
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