Fecha de Publicación: 05/09/1947
Página: 342-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Ley 

Se aumenta una suma para el monumento a "La Diligencia"

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                              DECRETAN:

Artículo 1

   Auméntase en treinta y dos mil cuatrocientos cincuenta pesos ($
32.450.00), la cantidad que asigna al escultor señor José Belloni, por la 
ejecución del "Monumento a la Diligencia", el artículo 4º del decreto-ley 
de 9 de diciembre de 1942. Dicha suma será tomada de las utilidades líquidas de la Caja Nacional de Ahorro Postal, correspondientes al ejercicio 1947.

Artículo 2

   El escultor Belloni percibirá sus haberes en razón de los trabajos
realizados, de acuerdo con el plan de distribución que establezca el Poder 
Ejecutivo.

Artículo 3

   La obra deberá estar terminada dentro de los dos años de sancionada esta ley.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes en Montevideo, a 13 de 
agosto de 1947.

                                      ANTONIO RUBIO, Presidente.- Arturo    
                                        Miranda, Secretario.

Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social.

 Ministerio de Hacienda.

                                      Montevideo, 23 de agosto de 1947.

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese, insértese en el 
Registro Nacional de Leyes y Decretos y transcríbase a la Contaduría General de la Nación a sus efectos.

BATLLE BERRES.- FRANCISCO FORTEZA.- LEDO ARROYO TORRES.
       


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