Fecha de Publicación: 10/01/1946
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 8

   Amplíanse los fondos del "Crédito Agrícola de Habilitación" en un
millón de pesos ($ 1.000.000.00), en las mismas condiciones que establece 
la ley de 25 de febrero de 1933.
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