Fecha de Publicación: 09/01/1945
Página: 41-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 25

   Semestralmente el Poder Ejecutivo informará al Poder Legislativo de la situación de las obras correspondientes a la presente ley, así como del 
monto de las imputaciones respectivas.
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