Fecha de Publicación: 23/12/1941
Página: 419-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 58

   El mismo Juez será competente para resolver sobre cualquier excepción relativa a la propiedad de la patente, incluso la de nulidad de la misma, que opusiere el acusado en el juicio criminal.
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