Corresponde al Jefe de Región:
A) Lo relativo a la disciplina en general y a la justicia militar;
B) El contralor en el reclutamiento y empleo de los efectivos militares o
de los asimilados y los servicios de guarnición;
C) La administración e higiene general del personal a sus órdenes;
D) La instrucción de los efectivos y la movilización de las reservas;
E) La preparación de la movilización general, y
F) En los casos previstos por los incisos 17 y 18 del artículo 158 de la
Constitución, el mantenimiento del orden y seguridad territorial en la
República, pudiendo obtener con este fin, la cooperación de las fuerzas
policiales comprendidas en la misma.