Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 51

   A esta Oficina compete la centralización de los asuntos dirigidos al Estado Mayor General y, asimismo:

A) Clasificar, registrar y distribuir la correspondencia oficial.
B) Asegurar la expedición y tramitación de los asuntos que interesen 
   al mismo.
C) Los estudios y trabajos de orden general o particular que le sean 
   confiados por el Jefe del Estado Mayor General.
D) Proyectar el presupuesto anual de las distintas dependencias 
   internas.
E) Efectuar los pagos, reintegros, distribución de fondos, 
   percepción de créditos, consignaciones y giros; proveer para gastos   
   diversos e imprevistos.
F) Realizar el examen y liquidación de cuentas; tramitación de 
   asuntos y despacho de expedientes relacionados con haberes.
G) Proceder al mantenimiento del inventario general de las distintas 
   dependencias internas.
H) Atender al funcionamiento de la imprenta del Estado Mayor; e
I) La ordenación, fiscalización y funcionamiento del servicio 
   interno del Estado Mayor General.


              III - De los Subjefes del Estado Mayor General 

                           De los Jefes de División

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