MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Los Oficiales ascendidos fuera de cuadros y que se encuentren en estas condiciones en el momento de publicarse la presente ley, quedarán sujetos, durante el tiempo que permanezcan en aquéllas a las mismas disposiciones legales o reglamentarias que rijan en materia de ascenso, retiro militar o reforma y al igual que el resto de los Oficiales del Ejército.Ayuda