En el término de diez días de recibida la notificación por el ocupante, podrá hacer conocer al Ministerio de Defensa Nacional los daños
extraordinarios que las maniobras irrogarían a su predio. Esta petición
podrá interponerse telegráficamente. El Poder Ejecutivo resolverá en definitiva notificando la resolución por las vías más rápidas. Este
recurso no tendrá efecto suspensivo.