Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 40

   El Despacho del Inspector General del Ejército comprende la Secretaría y la Ayudantía, compitiéndole a la primera la centralización de los asuntos dirigidos a la Inspección General del Ejército y además: 

  A) La correspondencia, en general; decisiones, órdenes, boletines, 
     circulares, instrucciones, etc.
  B) La recepción y expedición de los asuntos en trámite.
  C) Lo relativo al personal interno de la Inspección General del 
     Ejército: propuestas para su nombramiento, calificaciones y legajos, 
     y
  D) El registro general y archivo de documentos; clasificación y
     conservación del mismo.

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