Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 382

   Los fallos de los Tribunales de Honor estarán basados en hechos; 
constituirán la expresión de las convicciones que cada uno de sus miembros se haya formado sobre la cuestión sometida a su consideración y estarán siempre inspirados en el sentimiento del honor y del deber militar.
Ayuda