MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Para ascender a Sargento 1.o, se requerirán, además de las condiciones generales previstas en el artículo 328, las siguientes: A) Haber prestado 18 meses de servicios, por lo menos, como Sargento en cuerpos de tropa, y B) Haber rendido con aprobación en la Escuela Militar los exámenes de las asignaturas que oportunamente reglamente el Poder Ejecutivo.Ayuda