Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 317

  Se formará asimismo, una lista única, que incluirá a todos los
Oficiales eliminados para el ascenso, con expresión de arma y grado, e 
indicación de la causa de la eliminación de cada uno.
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