El cometido que corresponde a las Comisiones Calificadoras
de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes consiste principalmente en:
A) Expedirse sobre la calificación de aptitudes que le haya sido
adjudicada al Oficial por sus superiores;
B) Determinar la antigüedad computable en el grado, que corresponda
a cada Oficial;
C) Tomar en consideración las notas de cursos o pruebas de capacidad
en cuanto corresponda, y
D) Adjudicar la nota de concepto general que la propia Comisión confiera.
En consecuencia, adjudicará las calificaciones numéricas que a su juicio
correspondan.