Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 273

  Las asignaturas rendidas con aprobación para las carreras 
universitarias  de ingeniero, arquitecto o agrimensor, son revalidables para los cursos de Oficiales del arma de ingenieros y para los Cadetes de la Escuela Militar.
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