El tiempo mínimo de antigüedad computable en el grado y exigible
para el ascenso, es el siguiente:
A) Cadete, el que establezca el plan de estudios de la Escuela Militar.
B) Sargento 1.o: 3 años.
C) Alférez: 3 años.
D) Teniente 2.o: 2 años
E) Teniente 1.o: 3 años
F) Capitán: 4 años.
G) Mayor y Teniente Coronel: 4 años, y
H) Coronel: 5 años.
Del tiempo de mando de tropa