Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 253

  Las vacantes no son intercambiables de un arma a otra, salvo el caso previsto en el artículo 315 para el ascenso a Coronel. En este grado 
se conservará, no obstante, la designación del arma de origen.
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