MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Los Sargentos 1.os y clases del personal combatiente, que hayan perdido el estado militar por haber obtenido su baja, después de haber servido por lo menos cinco años satisfactoriamente, estarán habilitados, con preferencia, para ocupar cargos en la Policía, Servicio de Transmisiones y Vigilancia de Cárceles.Ayuda