Todos los Jefes y Oficiales en situación de actividad (Servicio
efectivo), gozarán del sueldo, compensación y demás asignaciones legales
que les corresponda.
Si el militar fuere llamado a desempeñar un cargo civil, podrá optar
entre el sueldo de este cargo o el que le corresponda por su situación militar; tratándose de cargo legislativo, sólo podrá percibir, aunque sea oficial retirado, la dieta correspondiente.