Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 195

        Como profesores o maestros de educación física:
11)- Ser mayor de 20 años y menor de 28; haber cursado en la escuela respectiva, con aprobación, toda las materias del plan de estudio y poseer una aptitud física adecuada comprobada médicamente, ingresarán como Alféreces.(Profesor de 4ª categoría).
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