Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 184

   El Personal Permanente está constituido por:

      A) Personal combatiente.
      B) Personal auxiliar, y
      C) Personal civil.

  Corresponde a los primeros la denominación de "Personal Militar"



                   A) Personal combatiente
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