El efectivo de los Jefes y Oficiales correspondiente a las diversas armas no podrá exceder, en tiempo de paz, de los que se indica a continuación:
Oficiales superiores:
Generales.............14
Coroneles.............50
Jefes y Oficiales
Infantería Artillería Caballería Ingeniería Aeronáutica
Tenientes Coroneles 26 16 16 8 4
Mayores 48 31 28 14 6
Capitanes 97 45 46 20 12
Tenientes 1.os 90 40 40 20 20
Tenientes 2.o 70 32 32 16 20
El número de Alféreces será anualmente el que resulte después de las promociones de los Cadetes y Sargentos 1.os aprobados en los cursos de la Escuela Militar,debiendo sin embargo el Poder Ejecutivo adoptar, con suficiente antelación, las medidas necesarias para ajustar ese número a una cantidad aproximada a la de vacantes existentes.
Dentro de los totales de efectivos fijados por este artículo, el Poder Ejecutivo reglamentará la formación y organización del cuadro técnico de Oficiales destinados a los Servicios de Armamento y Explosivos.
El Cuerpo Técnico de Oficiales tendrá escalafón propio.