Todos los Oficiales combatientes del personal permanente del Ejército procederán de la Escuela Militar:
A) Por haber sido aprobado en los cursos pertinentes de la Escuela
Militar, de conformidad con los reglamentos vigentes, y
B) Tratándose del personal de tropa, por haber sido aprobado en los cursos
de pasaje de grados reglamentados en la misma Escuela para Sargento
primero.
III - Efectivos de Jefes y Oficiales