En los estudios y trabajos que conciernan a las Secciones bajo su
dependencia, les compete:
A)Proponer las medidas que consideren oportunas, a fin de asegurar la
buena marcha del servicio y especialmente, aquellas que simplifiquen las
tareas y el trámite.
B)Centralizar, coordinar y programar los estudios y trabajos del resorte
de las secciones que dirigen.
C)Asegurar en todos sus detalles, la vigilancia y contralor de los
estudios y trabajos realizados dentro de la División, y
D)Firmar por autorización las piezas y comunicaciones corrientes.
La relación de dependencia de que se trata se entenderá sin perjuicio
de las facultades que correspondan al Subsecretario, de conformidad con los reglamentos que dicte el Poder Ejecutivo (artículo 173 de la Constitución) o de los decretos y resoluciones del Ministro.
PRIMERA DIVISION
Técnica