En tiempo de paz, cada División dispondrá, en principio de los elementos de unidades básicas siguientes:
1º) Cuartel General, que comprenderá:
A) Comando de División (Jefe y Subjefe)
B) Estado Mayor.
C) Comandantes de armas (Caballería, Infantería, Artillería e
Ingenieros).
D) Directores de Servicios de: Intendencia, Sanidad y Justicia. Los
servicios de Material y Armamento Transportes, Veterinaria y
Remonta, y Aeronáutica serán respectivamente dirigidos por los
comandantes de Artillería y Caballería Divisionarios, y Jefe de la
Base Aeronáutica, y con sujeción a la reglamentación que se
establezca;
E) Tropas del Cuartel General Regional, y
F) Un grupo del Tren de Transportes.
2º) Unidades de tropa:
A) Un Regimiento de Caballería;
B) Un Regimiento de Infantería;
C) Un Batallón de Ingenieros;
D) Un grupo de Artillería de Campaña, y
E) Una patrulla de aviación de observación, en las regiones donde
existan bases aéreas.
Estos efectivos y su organización podrán ser modificados por el Poder
Ejecutivo cuando así lo exijan las necesidades de la Defensa Nacional.
TITULO V
De los Servicios
I