El ciclo de instrucción que deben cumplir los Oficiales comprende cursos a realizar:
A) En una escuela de formación para los Oficiales de carrera y de reserva,
común a varias armas, destinada a proporcionar al Oficial los
conocimientos generales, militares y técnicos, necesarios al estudio de
su especialización futura.
B) En una Escuela de Armas y Servicios, donde los Oficiales de carrera y
de reserva pertenecientes a cada arma o servicio, recibirán una
instrucción particular, de acuerdo con las exigencias inherentes al
arma o servicio a que pertenezcan.
C) En un Instituto Militar de Estudios Superiores, cuya finalidad será la
de asegurar el reclutamiento y la formación de los Comandos y Estados
Mayores.
D) En escuelas de especialización, según las necesidades de las armas y
servicios.
E) En una Escuela de Aeronáutica Militar, donde además de los cursos que
el Ministerio de Defensa Nacional estime necesarios establecer, los
Oficiales de carrera y de reserva, realizarán cursos de piloto aviador
militar y de especialistas. Será además una Escuela de formación de
profesores, instructores y de personal obrero especializado para las
industrias aeronáuticas, y
F) En los centros de información para los Oficiales de distintos grados.