Fecha de Publicación: 30/12/1983
Página: 471-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 05/01/1984, 12/01/1984, 10/02/1984.

Artículo 7

   Habilítase el Renglón 0.6.1.303 en los Programas 1.01 "Determinación y
Aplicación de la Política de Gobierno" y 1.02 "Seguridad, Protocolo,
Mantenimiento y Comunicaciones de la Presidencia de la República", por N$
2:000.000  (nuevos pesos dos millones) y N$ 3:000.000 (nuevos pesos tres
millones), respectivamente.
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