REGLAMENTACION DE LA LEY 16.871, LEY DE REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 21/04/1998
Publicación: 28/04/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 669
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.871 de 28/09/1997.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - REGISTRO DE LA PROPIEDAD
SECCION MOBILIARIA REGISTRO DE VEHICULOS AUTOMOTORES

Artículo 24

   Reempadronamiento. En caso de reempadronamiento municipal, se
presentará al Registro el título de propiedad con constancia del nuevo
empadronamiento y certificado municipal que determine las características
del vehículo.
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