DECLARACION DE AMBIENTES 100% LIBRES DE HUMO DE TABACO A DEPENDENCIAS SANITARIAS DE TODO EL PAIS




Promulgación: 16/03/2004
Publicación: 29/03/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 536
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 El Ministerio de Salud Pública cooperará con las Direcciones de cada 
centro asistencial -público o privado- en los diversos aspectos técnicos 
para el desarrollo e implementación de Ambientes 100% Libres de Humo de 
Tabaco, así como para realizar acciones educativas dirigidas a los 
usuarios y a funcionarios técnicos y no técnicos sobre los daños de la 
exposición al humo de tabaco y los beneficios de los ambientes libres de 
humo.
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