FIJACION DE TARIFAS POR SERVICIOS POLICIALES CONEXOS. CERTIFICADOS LIBRE DE MULTAS




Promulgación: 19/03/1996
Publicación: 28/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 661
Derogada/o por: Decreto Nº 218/017 de 14/08/2017 artículo 1.
  Visto: lo establecido por el artículo 41 de la Ley 15.851 de 24 de
diciembre de 1986.

  Resutando: I) que la referida norma faculta al Poder Ejecutivo a
autorizar a las dependencias del Ministerio del Interior, a cobrar a los
usuarios el costo de los servicios conexos u otros que por su naturaleza
no son de su cometido específico.

II) que el Decreto 486/988, de 2 de agosto de 1988, autorizó a la Jefatura
de Policía de Montevideo, a cobrar a los usuarios el "certificado libre de
multas".

  Considerando: que es conveniente extender dicha autorización a todas las
Jefaturas de Policía de la República.

  Atento: a lo precedentemente expuesto;

                     El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 96/996 de 19/03/1996 artículo 1.

Artículo 2

 (*)  

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 96/996 de 19/03/1996 artículo 2.

SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCA
Ayuda