MODIFICACIONES AL REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO




Promulgación: 31/12/1986
Publicación: 20/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 1004
Referencias a toda la norma
    Visto: el  planteo formulado  por la  Dirección Nacional de Transporte
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Resultando: I)  Que en el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por
el decreto 119/964 de 7 de abril de 1964 se establecieron limitaciones
en el horario para la circulación de vehículos de carga los días
sábados, domingos y feriados, en Ruta Interbalnearia y en  las
declaradas expresamente de valor turístico;

II) Que son frecuentes las solicitudes de autorizaciones especiales
para circular  durante los horarios de limitación, por usuarios que
explotan establecimientos en zonas circundantes y deben transportar
sus productos a distintos centros de comercialización;

III)  Que la Junta Departamental de Canelones gestionó ante el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas la aplicación de restricciones en la
circulación por la Av. Ing. Luis Giannattasio, similares a las de Ruta
Interbalnearia;

IV) Que la Comisión Asesora Permanente del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas creada por el decreto 118/984 de fecha 23 de marzo de
1984 en oportunidad de aprobarse el Reglamento Nacional de Circulación
Vial, formuló sugerencias tendientes a modificar las actuales
limitaciones.

Considerando: I) Que los horarios que se establecen permitirán solucionar
parcialmente los inconvenientes planteados por transportistas de carga sin
que ello afecte el tránsito de los demás vehículos al mantenerse
prohibiciones durante los días y horarios de mayor densidad en la
circulación vehicular;

II) Que se entiende conveniente, por razones de seguridad en el tránsito,
declarar a la Av. Ing. Luis Giannattasio de valor turístico
a efectos de establecer limitaciones en la circulación por dicha vía.

Atento: a  lo establecido en los artículos 27 del decreto ley 10.382
del 13 de febrero de 1943, a lo informado por la Dirección Nacional de
Transporte y la Asesoría de Asuntos Jurídicos del  Ministerio  de
Transporte y Obras Públicas.

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,

                         DECRETA:

Artículo 1

     Modifícase el artículo 170 del Reglamento Nacional de Tránsito
aprobado por decreto 119/964 de fecha 7 de abril de 1964 que quedará
redactado del modo siguiente: (*)


(*)Notas:
Ver: Texto.

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - LUIS MOSCA -
JUAN VICENTE CHIARINO - ADELA RETA - ALEJANDRO ATCHUGARRY - JORGE PRESNO
HARAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO BONINO
GARMENDIA - ALFREDO SILVERA LIMA
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