COMERCIALIZACION DE LA COSECHA DE TRIGO ZAFRA 1975 - 1976




Promulgación: 12/12/1975
Publicación: 19/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1662
Referencias a toda la norma

Artículo 30

Facúltase al Ministerio de Agricultura y Pesca para concertar con el
Banco de la República Oriental del Uruguay y con su acuerdo los créditos
necesarios para atender la comercialización de la cosecha de trigo que se
le encomienda por el presente decreto.
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