COMERCIALIZACION DE LA COSECHA DE TRIGO ZAFRA 1975 - 1976




Promulgación: 12/12/1975
Publicación: 19/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1662
Referencias a toda la norma

Artículo 15

En el caso en que el Ministerio de Agricultura y Pesca adquiera trigo
directamente, el precio básico de compra ajustado de acuerdo a las
bonificaciones y deducciones establecidas en los artículos anteriores,
tendrá las siguientes deducciones por los conceptos que se expresan:

     2.5% para gastos de administración.
     2.5% para el Fondo Nacional de Silos.
     0.3% para el Fondo de Lucha Contra las Plagas Agrícolas.
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